Programas especiales

Destinations Career Academy of WI ofrece sólidos servicios de educación especial para apoyar a los estudiantes y satisfacer sus necesidades, capacitándolos para prosperar en la escuela y más allá. Con alta calidad, el aprendizaje personalizado y la ayuda de profesores y personal de apoyo, los estudiantes con necesidades especiales pueden alcanzar sus metas académicas, encontrar su confianza, y allanar el camino hacia el éxito.

Banner del DCA

Destinations Career Academy de Wisconsin (DCAWI) sigue las directrices federales y estatales en la prestación de una educación gratuita y apropiada (FAPE) a los estudiantes elegibles para servicios de educación especial bajo la supervisión del departamento de educación especial de DCAWI. El manual estatal de educación especial sirve de base para las políticas y procedimientos del departamento de educación especial.


Becky Eberhardt | Coordinadora de la Ley de Cumplimiento de la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y Directora de Programas Especiales


Miriam Mueller-Owens | Coordinadora de Estudiantes de Inglés como Lengua Extranjera (ELL)


Andrea Schmidt | Coordinadora de la Sección 504


Rianna Kubly | Enlace con los sin techo y Coordinadora de Acogimiento Familiar y Recursos Familiares

El Departamento de Educación Especial del DCA está dirigido por el director de educación especial y cuenta con el apoyo de los directores de programas especiales regionales y nacionales de K12.

Dado que el DCA es un entorno de aprendizaje virtual, los servicios educativos especiales y el apoyo se proporcionan a través de:

  • Salas de reuniones en línea
  • Reuniones telefónicas
  • Comunicaciones electrónicas

Para que esta experiencia educativa en línea tenga éxito, es fundamental la comunicación continua entre los profesores y el personal del DCA, los padres/tutores de aprendizaje y los alumnos.


El DCA proporciona los apoyos necesarios para que los niños con discapacidad tengan las mismas oportunidades de participar en servicios y actividades no académicas y extraescolares, entre los que se incluyen:

  • Servicios de asesoramiento
  • Atletismo
  • Transporte
  • Servicios sanitarios
  • Actividades recreativas
  • Grupos o clubes de intereses especiales patrocinados por el distrito escolar
  • Remisiones a organismos que prestan asistencia a personas con discapacidad
  • Empleo de los alumnos, incluido el empleo por parte del distrito escolar y la ayuda para conseguir empleo fuera de él.



De acuerdo con las regulaciones federales y estatales, el DCA proporcionará un aviso público anual a las familias informándoles de las responsabilidades del DCA en la búsqueda de niños, los procedimientos involucrados en la identificación de discapacidades educativas, y la determinación de las necesidades de servicio y apoyo de los estudiantes. La información con respecto a las prácticas internas del DCA para cumplir con estos estará disponible en los Manuales y Manuales de Programas Especiales del DCAS.


El DCA se esfuerza por identificar, localizar y evaluar a todos los niños matriculados que puedan tener discapacidades. Discapacidad, como se indica en IDEA, incluye condiciones tales como la audición, visual, del habla o del lenguaje, discapacidad específica de aprendizaje, trastornos emocionales, discapacidad cognitiva, otros impedimentos físicos o de salud, autismo y lesiones cerebrales traumáticas. El proceso de identificación, localización y evaluación de estos niños se denomina Child Find.

Como una escuela pública, el DCA responderá vigorosamente a los mandatos federales y estatales que requieren la provisión de una Educación Pública Apropiada y Gratuita (FAPE) sin importar la discapacidad de un niño o la severidad de la discapacidad. Con el fin de cumplir con los requisitos de Child Find, el DCA implementará procedimientos para ayudar a asegurar que todos los estudiantes del DCA con discapacidades, independientemente de la gravedad de su discapacidad, que necesitan educación especial y servicios relacionados, sean identificados, localizados y evaluados, incluidos los estudiantes con discapacidades que no tienen hogar o los estudiantes que están bajo la tutela del estado.

El permiso y la participación de los padres/tutores legales es una pieza vital en el proceso. Una vez que un alumno ha sido identificado como "presunto discapacitado" o identificado como discapacitado, el DCA pedirá al alumno o a sus padres/tutores legales información sobre el niño, como por ejemplo:

  • ¿Cómo ha dificultado el aprendizaje del alumno la presunta discapacidad o la discapacidad identificada?
  • ¿Qué se ha hecho desde el punto de vista educativo para intervenir y corregir los déficits de aprendizaje emergentes del alumno?
  • ¿Qué información educativa o médica relativa a la presunta discapacidad o a la discapacidad identificada puede compartirse con el centro escolar?

Esta información también puede obtenerse de los profesores actuales o anteriores del alumno, terapeutas, médicos u otros organismos que dispongan de información sobre el alumno.

Toda la información recopilada se mantendrá en estricta confidencialidad y sólo se divulgará a terceros con el permiso de los padres o según lo permita la ley. De acuerdo con esta confidencialidad, el DCA mantendrá un registro de todas las personas que revisen la información confidencial. De acuerdo con la normativa estatal, los padres tienen derecho a revisar los expedientes de sus hijos.

Como parte del proceso Child Find, algunos servicios pueden incluir una evaluación completa, un programa educativo individualizado diseñado específicamente para el niño y una derivación a otros organismos que prestan servicios especiales.



Para los alumnos con necesidades educativas especiales confirmadas, una vez que el equipo del IEP acuerde el IEP y la colocación educativa del alumno, se enviará una Notificación Previa por Escrito (PWN) a los padres/tutores legales para que la firmen. Este deberá ser firmado y devuelto al DCA. DCA sólo puede proceder con la implementación del IEP del estudiante (o Plan 504) al recibir el PWN firmado. Algunos estudiantes presentan una o más discapacidades pero no cumplen con los criterios de elegibilidad descritos bajo IDEA (educación especial); sin embargo, su discapacidad puede requerir que el DCA desarrolle un Acuerdo de Servicio 504 (Plan 504) para delinear las provisiones especiales que un estudiante puede requerir para adaptaciones y/o acomodaciones en la instrucción basada en la escuela, instalaciones y/o actividades.


Alojamientos

Necesidades de traducción


El DCA reconoce que a pesar de las mejores intenciones de todas las partes, pueden surgir desacuerdos o falta de comunicación entre el equipo basado en la escuela y las familias o estudiantes del DCA. Si esta situación ocurre, el encargado del caso de educación especial del DCA iniciará una discusión del equipo del IEP donde los detalles específicos que contribuyen a cualquier preocupación educativa se discuten y se tratan completamente como el equipo entero determina consideraría el más apropiado para el estudiante. La colaboración es un foco primario para este tipo de reunión, y el Equipo de Educación Especial del DCA busca establecer y mantener la confianza de sus familias para servir siempre a sus estudiantes con el fin de maximizar su éxito educativo.


Facilitación del IEP-La facilitación del IEPes un proceso voluntario que puede utilizarse cuando todas las partes de una reunión del IEP están de acuerdo en que la presencia de un tercero neutral ayudaría a facilitar la comunicación y la redacción satisfactoria del IEP del alumno. Este proceso no es necesario en la mayoría de las reuniones del IEP. Más bien, se utiliza con mayor frecuencia cuando cualquiera de los participantes tiene la sensación de que los temas de la reunión del IEP están creando un punto muerto o un clima enconado.

Mediación - Unproceso voluntario en el que ambas partes tratan de resolver los problemas involucrados en la preocupación con un mediador imparcial, de terceros del Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin. El mediador que escribirá los detalles del acuerdo que las partes llegan a través de la conferencia de mediación, el acuerdo es firmado por ambas partes, y por lo tanto lo que establece el documento es obligatorio para ser implementado; Este proceso es en general menos tiempo, menos estresante y menos costoso de completar que una audiencia de debido proceso (véase más adelante).